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FIDESBURÓ: Previsiones para Enero 2012‏

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Compartimos con ustedes el TIP´s 39-2011 que nuestro socio FIDESBURÓ ha desarrollado sobre las Previsiones que deben tenerse en cuenta para o durante Enero de 2012. Estos boletines de análisis, se encuentran disponibles en su página web: www.fides.ec

Obligaciones empresariales y tributarias que deben observar las sociedades y personas naturales, a partir o durante enero de 2012:

1.-Tarifa de impuesto a la renta para sociedades: En aplicación a la Disposición Transitoria Primera del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones - COPCI (Registro Oficial       No.351, de diciembre 29 de 2010), la tarifa única del impuesto a la renta para sociedades, aplicable para el ejercicio 2012, será el 23% por efecto de la disminución progresiva de esta tarifa contemplada en la reforma al Art.37 de la Ley de Régimen Tributario Interno, contenida en el COPCI.

2.- Aplicación obligatoria de las NIIF: De acuerdo al cronograma expedido por la Superintendencia de Compañías (Resolución         No.08.G.DSC.010, publicada en Registro Oficial 498, de diciembre 31 de 2008), se encuentran obligadas a la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas - NIIF para PYMES, a partir de enero 1 de 2012, las sociedades del tercer grupo cuyos activos totales sean inferiores a US$4 millones; que registren un valor bruto en ventas anuales inferior a US$5 millones; y, que tengan menos de 200 trabajadores (personal ocupado), considerando el promedio anual ponderado.

3.-Contratación de trabajadores con discapacidad:Los empleadores públicos y privados que cuenten con un mínimo de 25 trabajadores bajo relación de dependencia, se encuentran obligados a mantener durante el año 2012 un número de trabajadores con discapacidad calificada por el Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS), equivalente al 4% del total de la nómina de trabajadores bajo relación de dependencia. El incumplimiento de este porcentaje se sanciona con un multa equivalente a 10 sueldos básicos unificados por cada mes de incumplimiento.

4.-Entrega del comprobante de retención: Hasta enero 31, el empleador debe entregar el comprobante retención (Formulario 107) a sus trabajadores bajo relación de dependencia, por las retenciones practicadas en el ejercicio fiscal 2011 aún cuando los trabajadores que no hayan sido sujetos de retención. La falta de entrega del comprobante de retención es considerada una forma de defraudación tributaria.


5.-Presentación de formulario de pago de la 13ra. remuneración: Hasta el 8 de enero, los empleadores públicos y privados deberán presentar ante el Ministerio de Relaciones Laborales, el formulario que acredite el pago de la decimotercera remuneración o "bono navideño"por el año 2011, a favor de sus trabajadores bajo relación de dependencia.


6.- Tarifa de impuesto a la renta para personas naturales y sucesiones indivisas: Mediante Resolución NAC-DGERCGC11-00437, emitida por el Director General del Servicio de Rentas Internas (Registro Oficial No.606, de diciembre 28 de 2011), se fija la siguiente tabla progresiva del impuesto a la renta que deberán satisfacer las personas naturales y sucesiones indivisas, para el ejercicio fiscal 2012:



7.- Tarifa de impuesto a la renta sobre herencias, legados y donaciones: En la misma Resolución NAC-DGERCGC11-00437 antes referida, se fija la siguiente tabla progresiva del impuesto a la renta sobre herencias, legados y donaciones, vigente para el ejercicio económico 2012:



8.- Impuesto predial: Las personas naturales y sociedades propietarias de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas, deben pagar el impuesto predial urbano por el año 2012, ante la municipalidad donde se encuentre ubicado el bien inmueble de su propiedad.


Los contribuyentes que paguen este impuesto dentro de los primeros 15 días de enero, tendrán un descuento del 10%. La rebaja para aquellos propietarios que paguen el impuesto durante la segunda quincena del mes de enero, será del 9%.

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