Ponemos en su conocimiento que el 27 de febrero del 2012, el Congreso de
la República de Guatemala aprobó el acuerdo de Alcance Parcial de
Complementación Económica entre Guatemala y Ecuador, según consta en el
primer archivo adjunto.
El documento contiene el registro de los decretos del Congreso Guatemalteco y señala que entrará en vigencia tan pronto se publique en el Diario Oficial.
En cuanto al trámite del mismo proceso en el Ecuador, informamos que el Acuerdo todavía no ha entrado en vigencia, pues requiere la ratificación previa de la Asamblea Nacional.
Al respecto, adjuntamos el Dictamen de la Corte Constitucional, emitido el
28 de febrero del 2012, que califica la constitucionalidad del Acuerdo y señala que se requiere aprobación de la Asamblea Nacional para su vigencia.
Conocimos que a inicios de la presente semana el texto fue notificado a la Función Ejecutiva, para que envíe el Acuerdo, junto con el Dictamen de Constitucionalidad, al Legislativo para su trámite. En los próximos días este Dictamen también deberá ser publicado en el Registro Oficial a fin de oficializar el proceso.
Posteriormente, el Presidente de la República deberá enviar el texto al Consejo de Administración Legislativo (CAL), para que lo derive a la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales. Este organismo deberá elaborar un informe para ser aprobado en un solo debate por el Pleno de la Asamblea Nacional. En esta instancia el trámite podría tomar al menos un mes, dependiendo de la agenda legislativa.
Esta información nos fue remitida a través de FECABE gracias al Comité Empresarial Ecuatoriano.
Decreto 7-2012 Aprobación AAP Ecuador-Guatemala.pdf
Dictamen Corte Constitucional Tratado Ecuador- Guatemala.pdf
El documento contiene el registro de los decretos del Congreso Guatemalteco y señala que entrará en vigencia tan pronto se publique en el Diario Oficial.
En cuanto al trámite del mismo proceso en el Ecuador, informamos que el Acuerdo todavía no ha entrado en vigencia, pues requiere la ratificación previa de la Asamblea Nacional.
Al respecto, adjuntamos el Dictamen de la Corte Constitucional, emitido el
28 de febrero del 2012, que califica la constitucionalidad del Acuerdo y señala que se requiere aprobación de la Asamblea Nacional para su vigencia.
Conocimos que a inicios de la presente semana el texto fue notificado a la Función Ejecutiva, para que envíe el Acuerdo, junto con el Dictamen de Constitucionalidad, al Legislativo para su trámite. En los próximos días este Dictamen también deberá ser publicado en el Registro Oficial a fin de oficializar el proceso.
Posteriormente, el Presidente de la República deberá enviar el texto al Consejo de Administración Legislativo (CAL), para que lo derive a la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales. Este organismo deberá elaborar un informe para ser aprobado en un solo debate por el Pleno de la Asamblea Nacional. En esta instancia el trámite podría tomar al menos un mes, dependiendo de la agenda legislativa.
Esta información nos fue remitida a través de FECABE gracias al Comité Empresarial Ecuatoriano.
Decreto 7-2012 Aprobación AAP Ecuador-Guatemala.pdf
Dictamen Corte Constitucional Tratado Ecuador- Guatemala.pdf
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